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Como declarar criptomonedas españa

junio 26, 2022

Impuesto sobre la renta en España

Bitcoins y la Agencia Tributaria españolaEn los últimos años, muchas personas han comenzado a utilizar criptodivisas para pagar bienes o servicios, o como inversión. Sin embargo, poca gente entiende la fiscalidad de las criptodivisas, o cuándo hay que declararlas.

En Ilia Consulting ofrecemos un asesoramiento experto sobre la fiscalidad de las criptodivisas. Nos dedicamos a estudiar cada caso, analizando el uso de las monedas virtuales, las circunstancias del usuario, y ofreciendo asesoramiento sobre la mejor forma de gestionar los impuestos.

Ver caso prácticoEstamos especializados en la declaración de impuestos de criptomonedas.En Ilia Consulting somos conscientes de la importancia, y de la importante repercusión que tiene, pero sobre todo tendrá, la tecnología Blockchain en todo el mundo. Nuestros diferentes departamentos llevan tiempo especializándose en las diferentes áreas relacionadas con esta tecnología.

En particular, nuestra especialización se ha centrado en el asesoramiento sobre la fiscalidad de las monedas virtuales y las diferentes actividades relacionadas con las criptodivisas (adquisición, trading, minería de criptodivisas, rentas de referencia, etc.), y cómo deben declararse para los impuestos adicionales.

Criptoimpuesto en Portugal

Si bien no existe una legislación española que aborde específicamente las ofertas de criptomonedas, las ICOs pueden, no obstante, entrar en el ámbito de aplicación de la legislación general de valores e inversiones de España. Con respecto a la clasificación y comercialización de criptomonedas, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) proclamó en un anuncio no oficial que las criptomonedas no son per se valores bajo las leyes de España. La CNMV es el organismo gubernamental encargado de regular el mercado de valores en España. En concreto, la CNMV es el regulador español de los servicios de inversión y los valores y la entidad encargada de regular los anuncios de criptodivisas.

Aunque las criptomonedas no son valores en sí mismas, las ICOs se rigen por las leyes generales de seguridad e inversión de España cuando se clasifican como “ofertas públicas de valores mobiliarios.” En España, los valores mobiliarios se definen de forma amplia y presumiblemente abarcan ciertas ICOs. Para determinar si las ICOs son valores mobiliarios, los siguientes factores pesan a favor de la clasificación de una ICO como valor mobiliario: (1) el token de la ICO asigna derechos o expectativas de una participación en el potencial aumento de valor o rentabilidad de un negocio como los instrumentos financieros tradicionales sujetos a la ley de valores española, o (2) el token de la ICO se adquiere con la expectativa de que el inversor obtenga finalmente un beneficio. Por lo tanto, los tokens ICO se consideran instrumentos financieros cuando existe una correlación entre la expectativa de beneficio o aumento de valor y la evolución del negocio o proyecto subyacente. En otras palabras, los tokens de las ICOs que se asemejan a los valores tradicionales, como las acciones, pueden quedar englobados en la amplia definición de valores mobiliarios de España.

Criptotasa de Barcelona

En la medida en que puedan ser considerados valores, las ICOs pueden entrar dentro de los requisitos de presentación de folletos de la ley del mercado de valores española (“LMV”), ya que la definición de instrumentos financieros y valores negociables es muy amplia (artículo 2 LMV), y el gobierno español puede añadir nuevos tipos de valores por voluntad propia sin que sea necesaria una modificación de la ley, siempre que se haya acordado en virtud de la normativa de la UE.    Un comunicado de la CNMV de 8 de febrero de 2018 también ha confirmado este punto de vista y, por tanto, lo ha ratificado mediante una comunicación, de 6 de julio de 2018.    De acuerdo con el artículo 38 del Real Decreto 1310/2005, modificado en su momento, las ofertas dirigidas exclusivamente a inversores profesionales o a menos de 150 personas, o con una inversión mínima de al menos 100.000 euros por inversor, o en el caso de valores con un valor nominal de al menos 100.000 euros, no estarían sujetas a los requisitos de presentación de folletos (CNMV).

Como se ha comentado, el regulador español (CNMV) es muy protector de los derechos de los pequeños inversores.    Esto puede haber tenido un impacto en la no publicidad de las ICOs en el mercado español hasta ahora.    Por otro lado, la CNMV también es sensible a los beneficios de las ICOs, en la medida en que aportan innovación tecnológica y pueden promover el negocio empresarial.    La posición actual de la CNMV y del Banco de España es que es necesaria una regulación específica de las criptodivisas y de las ICOs, pero dicha regulación sólo puede hacerse a nivel de la UE y previa consulta con determinados terceros países, como Estados Unidos, que juegan un papel importante en los mercados financieros mundiales (ver declaraciones a la prensa de Sebastián Albella, presidente de la CNMV, El Economista, de 9 de junio de 2018).    Además, a nivel europeo, la presidenta del Banco Central Europeo, Christine Lagarde, pidió una regulación global sobre el Bitcoin por ser un activo “altamente especulativo”, y la Comisión Europea publicó recientemente la primera propuesta de la historia para regular los Mercados de Criptoactivos (“MiCA”).

Cobro de criptomonedas en España

Los bitcoins -y las criptodivisas en general- han experimentado una subida meteórica en 2017 cercana al 1.300 por ciento, alcanzando máximos históricos el pasado 17 de diciembre, cuando su precio se quedó a sólo 100 dólares de alcanzar la barrera de los 20.000 dólares.

Sin embargo, se trata de un activo extremadamente volátil cuya tendencia a la baja se mantiene desde hace un mes, habiendo disminuido su valor en más de un 40 por ciento, alcanzando un mínimo de 11.400 dólares -una situación sin precedentes durante 2017-.

No obstante lo anterior, una cosa está clara: las autoridades fiscales siempre están al acecho. En este sentido, el tratamiento fiscal aplicable a estas criptodivisas ha sido perfilado a través de diferentes consultas vinculantes emitidas por la administración tributaria española. En esencia, las criptodivisas tributarán de forma similar a las monedas extranjeras; es decir, por un lado, están exentas de IVA al ser consideradas un medio de pago, y por otro lado, las rentas derivadas de la operativa con ellas tributarán como ganancias patrimoniales en el IRPF español.

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